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Funcionarios del IEEPCO al servicio de AMLO y Morena

Alfredo Martínez de Aguilar / DETRÁS DE LA NOTICIA

 

Primera Parte

Más que graves resultan las abiertas violaciones a los principios constitucionales rectores en materia electoral por diversos funcionarios del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (IEEPCO).

Más grave resulta que la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) se someta a los caprichos y presiones de Manuel Andrés López Obrador (MALO), gurú de Morena.

Mucho peor resulta que el Director Ejecutivo de Organización Electoral del IEEPCO, Fernando Pérez Castillo, y Francisco Abel Jacinto Hernández, Coordinador Distrital, alteraran y ‘sembraran’ documentación electoral.

Ambos funcionarios electorales alteraron y ‘sembraron’ actas de la jornada electoral, actas de escrutinio y cómputo, y actas de clausura de casillas y remisión de los paquetes electorales para apoyar a los candidatos de Morena.

Pérez Castillo y Jacinto Hernández, cuota del consejero Gerardo García Marroquín en el IEEPCO, se sienten intocables y hasta ahora sus violaciones a la ley lectoral permanecen impunes por el apoyo que les brinda éste.

El consejero García Marroquín es cuota, a su vez, de sus cuñados Ricardo Monreal Ávila, delegado en Venustiano Carranza de la Ciudad de México, y del senador David de los mismos apellidos, incondicionales de López Obrador.

El caso más escandaloso de violación a los principios constitucionales rectores en materia electoral y a la propia legislación electoral por la mano negra de estos funcionarios es la elección en el VII Distrito con sede en Putla Villa de Guerrero.

A como dé lugar y a cualquier precio esta ‘mafia del poder’ pretende arrebatar y robar el triunfo a la candidata de la coalición PRI-PVEM-PANAL, Nayelli Hernández García, para lo cual maniobran perversamente de manera concertada.

En el desarrollo de la jornada electoral del pasado 5 de junio, se presentaron numerosas anomalías graves durante la instalación, desarrollo y cierre, así como en el escrutinio y cómputo de la votación recibida que se han probado.

De conformidad con el artículo 76 de la Ley del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral y de Participación Ciudadana para el Estado de Oaxaca, estos hechos constituyen causal para decretar la nulidad de la votación recibida.

La presidenta del Consejo Distrital, profesora Olivia Rebollo López, pertenece a la Sección XXII de la CNTE y en contubernio con funcionarios y consejeros electorales en todo momento buscaron favorecer a la candidata de Morena.

El pasado 7 de junio, los representantes partidistas ante el Consejo Distrital ante el Consejo Distrital, solicitaron al Consejo General del IEEPCO que el cómputo de la elección a Diputado por el principio de mayoría relativa, se efectuara en una sede alterna en la ciudad de Oaxaca ante el riesgo inminente de violencia que el partido Morena, sus simpatizantes y maestros de la Sección XXII de la CNTE, representaban para el desarrollo de la sesión de cómputo.

Resaltan, sobre todo, los casos de la Sección 653 básica que se instala en el corredor de la Agencia Municipal de San Miguel Copala en el que no se permitió la presencia de los representantes de los partidos contendientes acreditados ante esa casilla.

Es de todos conocido el férreo control del Movimiento de Unificación de la Lucha Triqui (MULT) en la zona y que al igual que la Sección XXII de la CNTE sirven a intereses del Movimiento de Regeneración Nacional y de Manuel Andrés López Obrador (MALO).

Cómo es natural, al no poder salvaguardar sus intereses cada partido contendiente en la jornada electoral, Morena se despachó con la cuchara grande y se adjudicó 557 votos de una supuesta votación total de 574 sufragios tan sólo en esa casilla.

De igual forma, en la casilla de la Sección 132 tipo Básica, que se instala en la comunidad de San José Yosocañu, municipio de Constancia del Rosario, cien por ciento controlada por el MULT, se impidió la presencia de los representantes partidistas y no se instaló la casilla.

Pero, tampoco, llegó la casilla al Consejo Distrital al término de la jornada electoral, no obstante estar a menos de dos horas del lugar en el que se ubica dicho Consejo, por lo que no existía razón fundada para que el paquete electoral en cuestión no llegara el mismo día.

Existen pruebas contundentes que esta casilla no fue debidamente instalada, pues el paquete electoral apareció tres días después durante el cómputo distrital sin contener el acta de la jornada ni el acta de escrutinio y cómputo, ni las listas de representantes, ni el material electoral que se ocupa durante el desarrollo de la jornada electoral.

Y, lo más grave, las boletas no se encontraban dobladas ni tenían rasgos de haber sido manipuladas por más de una mano, a diferencia de cuando se utiliza para emitir el correspondiente voto y el posterior cómputo de esos sufragios.

Al comprobarse las graves irregularidades el día del cómputo distrital, se solicitó el apoyo de ls licenciada María Catalina Cruz Leyva, funcionaria de la Oficialía Mayor del IEEPCO, quien certificó y dio fe de los hechos respecto de la casilla 132 Básica.

En forma cuidadosa y detallada, la funcionaria electoral dio fe del contenido de las boletas extraídas que éstas no se encontraban dobladas, es decir, que éstas no fueron manipuladas como sucede al realizar el procedimiento de emisión del voto.

La licenciada Cruz Leyva, también certificó que el hecho que 657 de las boletas están marcadas a favor del partido político Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), un solo voto a favor de Unidad Popular y un solo voto nulo.

La funcionaria constató que al poner las boletas sobre sus dedos permanecían rígidas, situación que sólo sucede cuando éstas son nuevas y sin manipular. A esta diligencia oficial, también acudió el Notario Público 68, Roberto Garay Godínez.

Mediante instrumento 20245 el notario constató y dio fe pública de las graves anomalías que presentaba la casilla 132 Básica haciendo constar lo manifestado por la licenciada María Catalina Cruz Leyva, como es el hecho que las boletas no se encontraban dobladas para que pudieran ser introducidas en la ranura de la urna electoral. (Continuará)

alfredo_daguilar@hotmail.com director@revista-mujeres.com

@efektoaguila

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